El Ministerio de Hacienda, en colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, ha dado luz verde a las bases reguladoras de la línea de ayudas financiadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional destinadas a las Entidades Locales para su desarrollo urbano sostenible. De esta forma, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este lunes 7 de octubre, la Orden de bases reguladoras de la convocatoria de estas ayudas, con un incremento de los fondos del 34% respecto a la convocatoria anterior.

Estas subvenciones, que reciben el nombre de Plan EDIL, pretenden promover el desarrollo urbano sostenible de los municipios beneficiarios desde la triple perspectiva medioambiental, económica y social y que ello redunde en una mejor calidad de vida para todos los ciudadanos.

Al tratarse de ayudas dirigidas a la cohesión y el reequilibrio territorial, la disponibilidad de ayudas será mayor en las regiones menos desarrolladas, mientras que será menor para las regiones más desarrolladas, de acuerdo con los criterios de programación establecidos por la Comisión Europea.

Regiones menos desarrolladas: Andalucía, Castilla- La Mancha y Extremadura: 1.019.296.637 €.

Regiones en transición: Galicia, Asturias, Cantabria, La Rioja, Región de Murcia, Comunidad Valenciana, Canarias, Baleares y Castilla y León: 626.323.559€.

Regiones más desarrolladas: País Vasco, Cataluña, Aragón, Navarra y Comunidad de Madrid: 173.277.723€.

Las entidades locales beneficiarias recibirán la ayuda, en forma de cofinanciación del gasto en que hayan incurrido para ejecutar sus actuaciones, de acuerdo con el resto de los requisitos de las bases reguladoras. Esta cofinanciación será del 80% para entidades locales situadas en regiones menos desarrolladas, del 60% en regiones en transición y del 40% en regiones más desarrolladas. En total, se espera una movilización de recursos de 2.600 millones de los presupuestos locales al final del periodo.

Habrá tres tipologías de entidades beneficiarias, entre ellas la nueva figura de Áreas Urbanas Funcionales, que agrupan a los municipios de menor tamaño:

– Las ciudades grandes, de más 75.000 habitantes.

– Las ciudades intermedias de entre 20.000 y 75.000 habitantes.

– Las Áreas Urbanas Funcionales, que como regla general deberán reunir al menos 20.000 habitantes en torno a un municipio cabecera de entre 10.000 y 20.000 habitantes. Además, y previo acuerdo con la Comisión Europea, se ha logrado que algunas provincias en las que el número de municipios de 10.000 habitantes es muy reducido en relación con el tamaño de la provincia en que se ubican, especialmente en el caso de las regiones menos desarrolladas, se podrá constituir una AUF con 10.000 habitantes en torno a un municipio cabecera de entre 5.000 y 10.000 vecinos. Con ello se introduce una mayor flexibilidad.

En el caso de las Áreas Urbanas Funcionales, las diputaciones jugarán un papel determinante pues serán, con carácter general, los responsables de ejecutar las actuaciones.

Con todo ello, se pretende que las ayudas sean útiles para la amplia diversidad local de España. Esta convocatoria permitirá utilizar las ayudas para transformar realidades municipales muy diferentes, tanto por tamaño de población, por ubicación geográfica, por características socioeconómicas o medioambientales, entre otras.

Se han establecido más de 40 ámbitos de intervención en torno a digitalización y dinamización económica local, eficiencia energética, prevención del cambio climático, economía circular, recursos hídricos, movilidad urbana sostenible, inclusión social o patrimonio urbano, cultural y turístico, entre otros.

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