El Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados de Vox en el Congreso de los Diputados contra el Real Decreto impulsado por el Gobierno en 2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público.
Europa Press recoge una nota informativa del TC, donde se explica que los diputados de Vox solicitaban que se declarara la inconstitucionalidad del Real Decreto, al considerar que infringía el artículo 86.1 de la Constitución, por no concurrir la situación de «extraordinaria y urgente necesidad» que justificaría el dictado de esta norma excepcional.
Entendían que la regulación que contenía vulneraba los limites materiales del decreto-ley al afectar al derecho fundamental previsto en el artículo 23.2 de la Carta Magna.
Pero la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado César Tolosa, descarta que el Real Decreto-ley 14/2021, haya infringido la Constitución, pues el Gobierno en la exposición de motivos de la norma y posteriormente en el debate de convalidación, ha explicado y razonado suficientemente la concurrencia de la situación de extraordinaria y urgente necesidad que le llevó a dictarlo.
Por otra parte, el Tribunal aprecia la existencia de una relación de adecuación de las medidas adoptadas y la situación de urgencia a cuya solución sirven. Además,樂威壯
argumenta que del contenido del precepto impugnado resulta que la norma recurrida no lleva a cabo una regulación general del derecho fundamental de acceso a la función pública (art. 23.2 CE), ni de su contenido esencial.
Recordar que este Real Decreto de medidas urgentes para reducir la temporalidad en el sector público entró en vigor en julio de 2021 tras aprobación en Consejo de Ministros y, según anunciaba el propio Ejecutivo de Pedro Sánchez, las medidas que contemplaba afectaban a todas las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020 y que no se hubieran visto incluidas en los procesos de estabilización previstos en los acuerdos para la mejora del empleo público de los años 2017 y 2018.
Más información: https://laadministracionaldia.inap.es/noticia.asp?id=1238239